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Ley de Migraciones: el caso del uruguayo deportado tras vivir 20 años en Argentina

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En la madrugada de hoy, el ciudadano uruguayo Juan Pedro Martínez Piedraita fue deportado del país en el marco de la nueva modificación a la Ley de Migraciones.

Por qué importa.

El Decreto 366/2025, que modifica la Ley de Migraciones, establece que antes de tomar una medida de deportación, la Dirección Nacional de Migraciones debe verificar la existencia de vínculos familiares en el país. No obstante, en este caso ese procedimiento no se hizo.

En detalle.

El hombre, que vivió los últimos 20 años en Argentina, quedó detenido y no se le permitió tener contacto con su familia. Hoy, su esposa Paola Arismendi explicó que si bien tiene conocimiento de los cambios en la normativa migratoria, su esposo obtuvo la residencia argentina en 2022.

A su vez, en diálogo con El Destape detalló: «Yo te digo la verdad, toda la verdad, mi marido pasó por un mal momento, nosotros vivíamos en Hurlingham, en un barrio caro, y él fue adicto, te digo la verdad, cuando venía drogado yo lo echaba y se escuchaban los gritos afuera. Los vecinos hicieron la denuncia y por violencia de género le dieron una condena de un año y seis meses más una probation«. Martínez Piedraita cumplió la pena en 2018, y según declaro la mujer, logró superar su adicción y se mudaron a Merlo.

«Tenía hasta el DNI pagado, en marzo nos dijeron que ya no habría más residencias precarias, cuando fuimos a migraciones teníamos esa ilusión de tener finalmente el documento», agregó Arismendi. 

Por su parte, Zulma Montero, abogada de la defensa, afirmó hoy en Futurock que «existe una bajada de línea para expulsar a toda persona que tenga antecedentes», y que como Martínez Piedraita tiene una familia constituida, «se puede revertir la situación».

El Gobierno.

Desde el Ministerio de Seguridad informaron que «el sujeto fue condenado por el Juzgado en lo Correccional N°4 de Morón a la pena de un año y 6 meses de prisión, por los delitos de «violación de domicilio, amenazas reiteradas, y desobediencia reiterada». 

A su vez, se agregó que Martínez Piedraita «había sido capturado el día 11 de julio pasado por efectivos de la Comisaría de Asuntos Migratorios de la PFA», en cumplimiento de una orden emitida por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 por una «infracción a la Ley 25.871 (Ley Nacional de Migraciones)».

Por último, el comunicado oficial indicó que el hombre fue trasladado a las autoridades de la Policía Nacional Uruguaya en Montevideo.

Nuevo régimen migratorio.

El 14 de mayo, el Gobierno anunció por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) cambios en la Ley Migratoria. Las reformas consisten en endurecer los requisitos de ingreso y residencia, arancelar los servicios de salud y permitir el cobro por educación universitaria. 

Asimismo, un comunicado agregó que «ningún extranjero condenado podrá ingresar al país y aquellos que cometan delitos en el territorio serán deportados».





Fuente: CORTA

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Revés judicial para el Gobierno: el freno al cierre de Vialidad Nacional

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El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín aceptó hoy la medida cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA) para frenar el cierre del organismo, según pudo saber este medio tras acceder al fallo.

Por qué importa.

El 8 de julio, mediante el Decreto 461/2025, el Ejecutivo dictó el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

El fallo.

La jueza Martina Forns hizo lugar a la presentación de SEVINA y determinó que la suspensión del cierre estará vigente por seis meses. 

«En este orden, teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo», escribió la magistrada en su fallo.

La medida no solo impide el cierre, sino también «reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad».

El fallo de la jueza Forns.
La medida quedará vigente por seis meses.

Comunicado.

Apenas conocido el fallo, Sevina lanzó un comunicado y celebró la medida. «La resolución judicial reconoce el carácter autárquico de la DNV y la vigencia plena de los Convenios Colectivos de Trabajo N.º 874/07 ‘E’ y N.º 827/06 ‘E’, destacando que cualquier modificación unilateral de las condiciones laborales constituye una violación a los derechos protegidos por nuestra Constitución y los convenios internacionales de la OIT con jerarquía constitucional (87, 98 y 151)», escribieron.

Luego agregaron: «Esta decisión representa un respaldo legal a nuestra lucha gremial y sindical en defensa de la legalidad, la estabilidad laboral y la continuidad institucional de la DNV. Seguiremos trabajando incansablemente para garantizar que no se vulneren los derechos de nuestras compañeras y compañeros. ¡La DNV no se toca!».

Anuncio.

El cierre de Vialidad se comunicó mediante el Boletín Oficial. En él, se especificó el alcance de la medida. Entre otras cosas, la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) pasaría a llamarse Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte y la Gendarmería se haría cargo del control del tránsito en rutas nacionales. 

El nuevo organismo sería la autoridad de aplicación de todas las normas y actos administrativos que se relacionen con la fiscalización de las concesiones viales. Entre sus funciones, estaría a cargo de fiscalizar el cumplimiento de los contratos de concesión vial, controlar los servicios públicos de transporte y aplicar las sanciones. 





Fuente: CORTA

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YPF: la Corte de Apelaciones de Nueva York suspendió la entrega de las acciones a los buitres

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La Corte de Apelaciones de Nueva York suspendió por una semana la entrega del 51 por ciento de las acciones de YPF que este lunes ratificó la jueza Loretta Preska. El tribunal hizo lugar al planteo presentado por los abogados del Estado argentino, que de esta manera ganan al menos seis días de litigio para intentar revertir el fallo que favoreció a los fondos buitre.

La decisión fue tomada a raíz de la presentación argentina pero también en una jornada donde hubo conversaciones entre los abogados de ambas partes y con la jueza neoyorkina, para encontrarle una alternativa al entuerto.

De esta manera, la Cámara del Segundo Circuito alivia la presión de Preska, que ayer le dio a la Argentina un plazo de tres días para entregar el paquete accionario que equivale a 16 mil millones de dólares y que le quita al Estado argentino la potestad sobre la petrolera nacional.

Se trata de una “suspensión administrativa temporal” (temporary administrative stay) de la “Orden de Entrega” (Turnover Order) que había sido dictada el pasado 30 de junio. La medida fue otorgada para permitir una “ordenada presentación y consideración” de los argumentos de ambas partes.

A la vez, el tribunal estableció un cronograma preciso: los demandantes (encabezados por el fondo Burford Capital) tienen hasta este jueves 17 de julio para presentar su oposición a una suspensión más larga, mientras que el Estado argentino tendrá tiempo hasta el martes 22 de julio para responder.

Una vez completado este proceso, un panel de tres jueces analizará los escritos y decidirá si concede la suspensión del fallo durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo. La decisión de hoy frena, al menos por una semana, la obligación de Argentina de desprenderse de sus activos en la petrolera.

Preska había rechazado el pedido del Estado nacional respecto de suspender la sentencia contra YPF, donde se le ordena transferir las acciones a una cuenta de custodia global en el The Bank of New York Mellon Corporation. La decisión dada a conocer ayer fue tomada después de 14 días después de que dictara ese fallo a favor de los buitres Burford Capital y Eton Park.

La jueza norteamericana cuestiona la solicitud del “stay” por parte de la defensa argentina, al alegar que con anterioridad su tribunal otorgó al país una suspensión sin la necesidad de una fianza.

El Estado había apelado el fallo, y por ese motivo Preska convocó a las partes para una audiencia urgente donde rechazó el planteo argentino. No obstante, los abogados anticiparon que continuarían realizando presentaciones a tribunales superiores.

De hecho, tenía plazo hasta el jueves 17 de julio para presentarse ante la Cámara de Apelaciones que hoy dictó una postergación relativamente favorable.

La defensa sostiene que la orden de la jueza Preska viola el derecho federal norteamericano, la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA) y principios de cortesía internacional. Además, pone sobre la mesa la Declaración de Interés hecha por el Departamento de Justicia estadounidense, considerado un “apoyo” del gobierno de Donald Trump.




Fuente: Página 12

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Se levantó el paro de pilotos: el Gobierno dictó la conciliación obligatoria

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El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, dictó laconciliación obligatoria y de esta manera no habrá paro de pilotos este sábado 19 de julio, como lo había confirmado la Asociación de Pilotos de Líneas Aéres (APLA). La semana pasada, el Gobierno también intervino en el conflicto con los controladores aéreos, que prometía complicar el arranque de las vacaciones de invierno. ¿Qué dice el DNU de Javier Milei que originó la medida de fuerza de los pilotos?

De a cuerdo a la Ley N.º 14.786, se estableció un período conciliatorio de 15 días que entrará en vigencia desde las 00:00 horas del 19 de julio, para cuando estaba estipulado el inicio de la medida de fuerza de los pilotos. El comunicado de la Secretaría de Trabajo insta al sindicato a «mantener la mejor predisposición y apertura para negociar las actuales diferencias y contribuir a la paz social».

De esta manera, APLA, los empleadores nucleados en la Cámara de Líneas Aéreas de la República Argentina (CLARA) y la Secretaría de Trabajo deberán sentarse a negociar para llegar a un acuerdo en las próximas dos semanas. Una vez vencido ese plazo, el Gobierno podría prorrogar la negociación por otros 5 días.

¿Por qué los pilotos habían convocado a un paro?

El paro se iba a realizar en reclamo a la decisión del Gobierno de aumentar los tiempos de servicio y reducir los de descanso por Decreto. A comienzos de junio de este año, el Poder Ejecutivo dispuso cambios en el Código Aeronáutico por Decreto (378/2025). Entre los artículos que más malestar generan en APLA se destacan:

  • El mínimo de descanso semanal pasa de 36 a 30 horas.
  • El máximo de horas diarias de vuelo pasa de 10 a 8 horas, pero el anual de 800 a 1000.
  • Se excluye el tiempo de traslado del personal al aeropuerto como inicio o finalización del servicio.
  • El tiempo mínimo de vacaciones pasará a ser de 15 días consecutivos. La norma anterior contemplaba otros 30 días adicionales a los 15 que dicta la Ley.

APLA, quien convoca al paro, tiene afiliados en Aerolíneas Argentinas, Andes y American Jet, mientras que las low cost como Flybondi y Jetsmart tienen sus propios sindicatos de empresa.





Fuente: Página 12

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